El 15 de noviembre de 2011, los y las estudiantes de la UNAH elegirán al Comité Ejecutivo de la FEUH, directivas de asociaciones de Facultades y Centros Regionales y representantes ante el Consejo Universitario.

El Reglamento Electoral Estudiantil contempla importantes avances, tales como la inclusión de candidaturas independientes, el cruce del voto entre distintos niveles electivos, 50% de mujeres en todas las planillas, auditoría social, transparencia y rendición de cuentas. Esperamos que los órganos electorales cumplan con las expectativas de la comunidad universitaria, particularmente el estudiantado, que ha estado sin representación desde hace seis años.

Por disposición del Consejo Universitario, el Comisionado Universitario estuvo a cargo de impulsar las elecciones estudiantiles hasta la conformación de la Junta Nacional Electoral, el 14 de septiembre de 2011. Conservamos este blog como referencia para quienes deseen informarse sobre las incidencias del proceso.

¡TU OPINIÓN CUENTA! INFÓRMATE, PARTICIPA, DECIDE

23 de junio de 2011

Difusión de proceso electoral en Centros Regionales Universitarios

El Comisionado Universitario realizó en el mes de mayo visitas intensivas a los Centros Regionales Universitarios para informar a los estudiantes sobre las elecciones estudiantiles que tendrán lugar el próximo 15 de noviembre. Personal de la oficina central en Tegucigalpa se desplazó a Comayagua, Danlí, Juticalpa y Choluteca, mientras que las delegaciones de UNAH-VS y La Ceiba viajaron a Santa Rosa de Copán y Olanchito, respectivamente. Por su parte, el delegado en Ciencias Médicas visitó los CASUED. Simultáneamente, en la Ciudad Universitaria se realizó una reunión con estudiantes de la Facultad de Ciencias, con el mismo propósito.

Durante el período corto y el próximo período largo se continuarán visitando los Centros Regionales, esta vez para hacer visitas de aula para conversar con los y las estudiantes. La misma actividad se realizará también en Ciudad Universitaria y en la Facultad de Ciencias Médicas.

Nos es grato compartirles fotografías de la jornada realizada en el Centro Regional Universitario de Occidente (CRUROC), en la ciudad de Santa Rosa de Copán,. Agradecemos a la delegación en UNAH-VS por habernos enviado el material.













1 de abril de 2011

POR LA SEGURIDAD FÍSICA Y JURÍDICA DE TODOS LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA

NOTA: Aunque este blog está dedicado a las elecciones estudiantiles, consideramos oportuno reproducir la posición del Comisionado Universitario ante los sucesos del 23 y 30 de marzo en la Ciudad Universitaria y UNAH-VS.

El Comisionado Universitario, a la comunidad universitaria y a la opinión pública nacional, manifiesta su preocupación sobre los sucesos ocurridos los días miércoles 23 y 30 de marzo en Ciudad Universitaria y, durante esta última fecha, en el campus de la UNAH-VS, los cuales se han desarrollado en el contexto de las protestas sociales relacionadas principalmente con demandas del gremio magisterial del nivel básico y secundario. Si bien entendemos que la selección de nuestra institución como sitio de protesta fue una decisión deliberada por forzar la entrada de la Universidad en el movimiento contestatario, tomada conscientemente por los organizadores, y que en ambas jornadas participó una gran cantidad de personas ajenas a la UNAH, no podemos dejar de señalar lo siguiente:

1. Condenamos la violación de la autonomía universitaria cometida, en los dos días y fechas apuntadas, por la policía antimotines, que, recordándonos las escenas del 5 de agosto de 2009, penetró al campus de Tegucigalpa en persecución de grupos de manifestantes, muchos de ellos estudiantes universitarios, a los que acababan de desalojar de la vía pública. A pesar que el objetivo de garantizar el tránsito de personas y vehículos ya se había cumplido, la policía hizo un uso desproporcionado de la fuerza, lanzando bombas lacrimógenas dentro de los predios universitarios y golpeando injustificadamente a empleados y estudiantes de la institución, algunos de los cuales ni siquiera participaban en las refriegas, sino que fueron agredidos en su propio centro de estudio o trabajo. Tales fueron los casos del Técnico de Redes Vicente Pineda, quien fue severamente golpeado por la policía el miércoles 23 de marzo, y la señora Cándida Aguilar, seriamente afectada por la inhalación de gases, ambos de la Oficina de Registro, la dependencia cuyas instalaciones están más cercanas a la entrada peatonal de Ciudad Universitaria.

2. Nos parece totalmente irresponsable de parte de la fuerza policial arrojar bombas lacrimógenas dentro del campus, el cual es un espacio limitado, con pocas salidas y con una alta concentración de personas. Ambos incidentes se produjeron en días de actividad académica y laboral plena, en horas cercanas al mediodía, cuando en Ciudad Universitaria se acumulan al menos 30,000 personas, entre estudiantes, docentes y empleados administrativos.

3. Exigimos al Secretario de Seguridad y al Director de la Policía Nacional que, de conformidad al ordenamiento jurídico, giren instrucciones precisas a sus subalternos para recordarles que las fuerzas de seguridad sólo pueden ingresar a los campus de la UNAH en las siguientes circunstancias: cuando se esté cometiendo un delito flagrante y su entrada sea necesaria para proteger la vida, integridad o bienes de personas; cuando ingresen en cumplimiento de una orden judicial; cuando se vaya a llevar a cabo una diligencia de investigación (en estos dos casos coordinando previamente con las autoridades internas); cuando han sido llamados expresamente por la autoridad universitaria con motivo de una situación de seguridad; y cuando sean invitados a un acto administrativo o académico.

4. Comprendemos la inquietud de varias autoridades universitarias por el involucramiento de la institución en un problema que no le es propio y directo, con la consiguiente afectación de la actividad educativa y administrativa, así como el daño patrimonial a sus instalaciones. No obstante, hacemos un llamado a que, con el análisis y la prudencia que debe caracterizar a los académicos, se medite adecuadamente cualquier decisión de tipo disciplinario que se piense tomar. En particular, existiría un grave riesgo de cometer injusticias si se sanciona a lo interno a una persona por el solo hecho de haber sido capturada por el cuerpo policial, ya que bien sabemos, como ocurrió con el técnico de la Oficina de Registro que mencionamos y con dos estudiantes de Medicina en UNAH-VS, que varias personas fueron golpeadas y detenidas simplemente por encontrarse en el lugar y la hora equivocados; más aún en aquellos casos en que la misma Fiscalía no encontró méritos para formular cargos en su contra. Tampoco consideraríamos correcto que se confundiese a participantes con observadores o incluso a personas que quedaron atrapadas sin poder salir una vez concluidos sus horarios de estudio o trabajo. Además, no debe descartarse que durante el momento más intenso de la confrontación algunos miembros de la comunidad universitaria se hayan involucrado en los choques más por la indignación que les causó la presencia policial ilegítima en los predios de la institución que por un propósito anticipado de agredir o causar desórdenes. Finalmente, no se puede sancionar a alguien por su pertenencia a una organización, o porque previamente haya manifestado una posición, toda responsabilidad debe ser actual e individual. La acción disciplinaria tendría fundamento únicamente en aquellos casos contemplados expresamente en la normativa interna, como cuando se haya comprobado daño intencional al patrimonio de la institución o coacción ejercida sobre otros para interrumpir clases o para que participaran en las protestas. Es por eso que el debido proceso administrativo resulta en este momento una garantía, primero para las personas a quienes se les asocie infracciones disciplinarias, pero también para que la institución tome decisiones justas y correctas.

5. Para evitar una desgracia futura, tan pronto como sea posible, la institución, a través de los órganos competentes, debe formular y ejecutar un protocolo de seguridad que contemple, entre otros aspectos, la obligación de las autoridades a suspender inmediatamente las labores académicas y administrativas, así como a evacuar ordenadamente los campus, desde el momento en que sea evidente que se producirá un choque entre manifestantes y policías en las calles aledañas a sus instalaciones.

Tegucigalpa, 1 de abril de 2011.

ANDRÉS PÉREZ MUNGUÍA
COMISIONADO UNIVERSITARIO

25 de marzo de 2011

Conclusiones de grupo de trabajo en taller del 18 de marzo de 2011

A continuación ofrecemos una transcripción textual de las conclusiones de uno de los grupos de trabajo conformado por estudiantes en el taller organizado por la Vicerrectoría de Orientación y Asuntos Estudiantiles, el viernes 18 de marzo de 2011, en la Ciudad Universitaria.
1.   ¿Qué aspectos creen que deberían clarificarse en el instructivo para las juntas electorales? 

R/ Tiene que estar apegado a la ley y a los principios democráticos, complementado por los reglamentos vigentes. 
—Capacitación. 
2.   ¿Qué aspectos y/o lemas creen que deben utilizarse en una campaña de sensibilización dirigida a la comunidad estudiantil sobre la importancia de las elecciones en la UNAH? 
R/ 
—Aclarar el porcentaje de la cuota política.
—Capacitación organizada por el Comisionado.
  
3. ¿Cuáles serían las reglas mínimas de convivencia que deberían observar los participantes en el proceso electoral? ¿Estaría dispuesto el grupo a contribuir para lograr su cumplimiento?
R/ Solo merece criticar el pasado aquel que participa en la construcción del futuro.
 
4.  ¿A qué dificultades y retos habría que anticiparse para que el proceso culmine exitosamente?
R/  Respeto a las normas académicas y al Reglamento.

21 de marzo de 2011

Exitoso taller de socialización del Reglamento Electoral Estudiantil realizado con estudiantes de Pedagogía de la UNAH


La catedrática de la asignatura, MSc. Sagrario López Pinel, hace la presentación de la actividad.
Más de cuarenta estudiantes de la Carrera de Pedagogía en la Ciudad Universitaria, alumnos de la asignatura Administración Educativa III, impartida por la MSc. Sagrario López Pinel, organizaron un taller de socialización del Reglamento Electoral Estudiantil que se realizó hoy lunes 21 de marzo, de 8:00 a.m. a 12:00 m., en el Auditorio Ramón Rosa.

Al igual que en la socialización realizada el viernes anterior, la dinámica consistió en una presentación del Comisionado Universitario, abogado Andrés Pérez Munguía, que puede verse en este blog en el enlace Reglamento Electoral Estudiantil y cronograma provisional

El Comisionado Pérez Munguía durante su exposición. En la mesa principal, la licenciada Jorska Pamela Gómez, Investigadora de Quejas del Comisionado Universitario.
Posteriormente, hubo un período de preguntas y respuestas, y a continuación se trabajó en grupos para analizar artículos clave del Reglamento Electoral Estudiantil, respondiendo una guía de preguntas que puede consultarse en el siguiente enlace:  Socialización de Reglamento en taller VOAE



Las conclusiones del trabajo de grupos fueron las siguientes:

Grupo 1.
  1. La implementación del Reglamento Electoral Estudiantil será un largo trabajo, ya que no se ha hecho desde hace varios años y la organización es difícil. Se espera que sea transparente y que se tomen en cuenta los principios del Reglamento para obtener mejores resultados y que la población estudiantil quede conforme con el proceso.
  2. En el instructivo deben clarificarse: Art. 1. Transparencia y rendición de cuentas. Art. 2. Compromiso con la democracia y renuncia a la violencia. Art. 29. Del contenido y la forma de la propaganda.
  3. Se proponen como lemas para la campaña de sensibilización: "Participación de todos los estudiantes por una UNAH sin corrupción"; "Por unas elecciones transparentes, democráticas y de igualdad de género, para una mejor proyección de la UNAH".
  4. El proceso electoral debería estar regulado por el Reglamento. Para llegar a la participación debe estar autenticado por una membresía mínima del 50%. Los candidatos deben haber cursado la mitad de la carrera y haber convivido con el entorno en que están.
 

 Grupo 2.
  1. En el próximo proceso electoral estudiantil se presentarán muchas dificultades debido a que una gran cantidad de estudiantes no conoce cómo se realiza este proceso; además, llevará un consumo de tiempo, dinero y esfuerzo para culminarlo con éxito. Debe haber una buena organización por parte de todos los sectores involucrados.
  2. Equidad de género: las participantes o candidatas mujeres deberían tener más participación dentro de este proceso electoral, ya que en nuestra UNAH el 55% de los estudiantes son mujeres, y son las que menos se incluyen en este proceso. Transparencia y rendición de cuentas: para llevar a cabo un proceso válido y confiable se necesita la presencia de observadores dentro y fuera de la UNAH.
  3. Debe mantenerse como principio la independencia del movimiento estudiantil con relación a las autoridades de la UNAH, y también con relación al sector docente interno, a fin de lograr transparencia y confiabilidad en el proceso electoral estudiantil. "Como un verdadero estudiante me involucro en el proceso electoral".
  4. Para concientizar sobre el proceso electoral debe haber transparencia en todas las actividades; que sea estudiante activo de la UNAH; a las personas con capacidades especiales, que se les brinde una atención especial al momento de ejercer su voto.
 
 Grupo 3.
  1. Puede haber oposición al proceso por parte de los frentes, debido a la falta de credibilidad; asimismo, puede haber abstinencia. También son obstáculos la poca socialización y la necesidad de organización en poco tiempo.
  2. En el Art. 29 debe clarificarse qué tipo de sanción se va a aplicar a los estudiantes o movimientos que dañan algún edificio o mobiliario de la UNAH.
  3. Para la campaña de sensibilización se propone como lema: "¿Te das cuenta  que los estudiantes forman parte de la autoridad universitaria y actualmente no estamos asumiendo esa responsabilidad?".
  4. Reglas mínimas de convivencia: respeto y humanización; empatía; competitividad sin propaganda negativa.

Grupo 4
  1. La implementación del Reglamento Electoral Estudiantil se hará por medio de los principios establecidos en el Artículo 2.
  2. En el instructivo de las Juntas Electorales deben clarificarse: las funciones que realizarán los órganos a la hora de ser electos; la participación de los estudiantes, y:; medidas de sanción que se aplicarán al no cumplir con los requisitos de la propaganda.  
  3. Como aspectos o lemas que deben utilizarse en la campaña de sensibilización dirigida a la comunidad estudiantil sobre la importancia de las elecciones, recomiendan incentivar la democracia y la participación estudiantil y fomentar la equidad de género para que la mujer logre una mejor participación.
  4. En cuanto a las reglas mínimas de convivencia que deben observar los participantes en el proceso electoral, consideran que deben basarse en valores morales, y afirman que el grupo está dispuesto a contribuir a lograr su cumplimiento, porque involucra a todos los estudiantes universitarios.


 

Capítulo X. Nulidades, acciones y recursos

Artículo 47.-Acción de nulidad ante la Junta Nacional Electoral. Contra las votaciones y escrutinios solamente procederá la acción de nulidad, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias internas o los ilícitos que pudieran declararse contra las leyes nacionales por los órganos competentes. Dicha acción se presentará ante la Junta Nacional Electoral, dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la votación o escrutinio correspondiente. El escrito deberá contener una descripción precisa de los actos denunciados, los preceptos reglamentarios o legales infringidos y la prueba que acredite lo dicho. La Junta deberá resolver sobre lo planteado dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la recepción de la acción de nulidad.

Artículo 48.-Nulidad de las elecciones. La Junta Nacional Electoral podrá decretar la nulidad parcial o total de las elecciones, si se presentan algunos de los siguientes vicios:

a) Si las elecciones se llevan a cabo omitiendo cualquiera de las formalidades previstas en el presente reglamento;

b) Si las elecciones se practican fuera de las fechas y lugares indicados en las correspondientes convocatorias;

c) Cuando se falsifiquen documentos electorales.

Artículo 49.-Integración de Terna Asesora.
El Comisionado Universitario apoyará a la Junta Nacional Electoral en el conocimiento de las acciones de nulidad que se le presenten. En caso de requerirse sus servicios, deberá emitir su dictamen dentro de las veinticuatro horas siguientes a la presentación de la consulta.

Artículo 50.-Reposición de elecciones. Declarada la nulidad de una elección, la Junta Nacional Electoral la
mandará reponer en un término no mayor a treinta (30) días naturales.

Artículo 51.-Recursos ordinarios. Contra las resoluciones sobre acciones de nulidad emitidas por la Junta Nacional Electoral procederán únicamente los recursos administrativos y jurisdiccionales ordinarios.

Artículo 52.-Sanciones y régimen disciplinario. Las infracciones al presente Reglamento Electoral, cometidas por cualquier miembro de la comunidad universitaria, serán debidamente documentadas por las juntas electorales locales y remitidas a la Junta Nacional Electoral, la que las presentará al órgano disciplinario interno o externo competente para la deducción de las responsabilidades correspondientes. Sin perjuicio de las establecidas por la normativa universitaria y nacional vigente, son faltas muy graves:

a) El fraude electoral;

b) El retardo injustificado, u obstaculización, en la elaboración, expedición, publicación o entrega de constancias, documentos, recursos económicos y materiales necesarios para la práctica de las elecciones;

c) La alteración maliciosa del horario y lugares en que deben practicarse las elecciones;

d) La violación de la secretividad del voto; y,

e) Impedir el acceso a lugares destinados a la celebración de elecciones, suspender u obstaculizar, sin motivo
justificado, cualquier actuación electoral regulada por el presente reglamento.

Artículo 53.-Situaciones no previstas. Cualquier asunto o conflicto electoral, particular o general, que se presente antes, durante y después del proceso electoral, no contemplado en el presente reglamento, será conocido y resuelto tan pronto como sea posible por la Junta Nacional Electoral. Para estos efectos, podrá pedir la opinión del Comisionado Universitario de conformidad con el presente Reglamento.

Capítulo VI. De la inscripción de candidatos

Artículo 24.-Requisitos de los candidatos. Para ser candidato estudiantil se requiere: 

a. Estar matriculado como estudiante de grado en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras durante el período académico en el que se verificarán las elecciones.

b. Ostentar un índice académico global igual o mayor a ochenta por ciento (80%) y haber cursado un tercio del pensum académico de su carrera si se postula como candidato al Consejo Universitario. Si se presenta para las asociaciones estudiantiles de facultades, centros regionales o carreras o para el Comité Ejecutivo de la FEUH, el índice académico global requerido será el de promoción vigente en la UNAH. Los nominados por las asociaciones a las juntas directivas de facultades y centros, así como a los comités técnicos de carrera
deberán acreditar un índice académico global igual o mayor a ochenta por ciento (80%).

c. No ser miembro de ningún claustro docente, de acuerdo al Estatuto del Docente Universitario, el Reglamento de Juntas Directivas de Facultades y Centros y demás normativa aplicable. 

d. No ser miembro de ningún órgano electoral. Los estudiantes inscritos en dos carreras universitarias sólo podrán postularse a cargos en una unidad académica.

Artículo 25.-Inscripción de candidatos. Corresponde a los órganos directivos de los frentes estudiantiles y candidaturas independientes gestionar ante la junta electoral respectiva la inscripción de los candidatos para los distintos niveles electivos. Cada frente o candidatura independiente podrá presentar solamente un candidato o planilla por cargo u órgano, según el caso, con su(s) respectivo(s) suplente(s). La solicitud de inscripción de candidaturas deberá contener, para cada postulante, la siguiente información:

a. Nombre completo;

b. Carrera y número de cuenta;

c. Cargo para el cual se postula;

d. Documentos que acrediten los requisitos exigidos, extendidos por la autoridad competente; y,

e) Fotografía tamaño pasaporte.

Artículo 26.-Suplencias y sustituciones. Las candidaturas deberán inscribirse con sus respectivos suplentes, cuando ello proceda. Si falleciere o renunciare el candidato inscrito antes de practicarse la elección para la cual ha sido postulado, el frente estudiantil o candidatura independiente que lo propuso tendrá el derecho y la obligación de inscribir un nuevo candidato. Si su ausencia definitiva se produjere después de electo, ocupará su puesto el suplente.
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