a) El voto se marcará utilizando papeletas electorales.
b) El listado definitivo de los electores estudiantiles, proporcionado y certificado por la Dirección de Ingreso,
Permanencia y Promoción.
c) Un número de papeletas electorales equivalente al número de electores que pueden ejercer el sufragio en dicha urna, para cada uno de los niveles electivos contemplados en el presente reglamento.
d) Tinta indeleble, cinta adhesiva, urnas transparentes, en el mismo número que el tipo de las papeletas y niveles electivos, y cualquier material necesario para llevar a cabo la votación, según lo solicite la Junta Nacional Electoral al Comisionado Universitario.
e) Actas de apertura, escrutinio y cierre de la votación.
Artículo 33.-Requisitos de las papeletas electorales. Las papeletas serán marcadas con un sello de la Junta Nacional Electoral. Deberán además cumplir con los siguientes requisitos:
a) Para cada nivel electivo, los tamaños y contenidos de las papeletas serán fijados por la junta electoral respectiva, de acuerdo con el número de frentes y candidaturas independientes participantes en cada unidad
académica.
b) Las columnas correspondientes a cada frente estudiantil o candidatura independiente serán de igual tamaño, estarán separadas por una línea vertical y su posición en la papeleta será asignada por sorteo.
c) Cada columna tendrá el nombre y la fotografía del candidato que encabeza la planilla o el emblema del frente o candidatura correspondiente. En todo caso, se adoptará un modelo uniforme en su disposición y forma, impreso en papel no transparente.
d) Las papeletas estarán numeradas, según el sistema correlativo de control que establezca la Junta Nacional
Electoral.
Artículo 34.-Confección de las papeletas. Salvo las del Comité Ejecutivo de la FEUH que será una papeleta única, las papeletas se confeccionarán en diseño separado para cada unidad académica y nivel electivo, debiendo indicar cada papeleta los cargos a elegirse, el período correspondiente y los frentes o candidaturas participantes. Las papeletas serán impresas en una imprenta seleccionada por la Junta Nacional Electoral siguiendo los procedimientos administrativos de la UNAH y su número será igual al de los estudiantes inscritos en el Censo Electoral. El tiraje deberá ser supervisado por todos o la mayoría de los miembros de la Junta Nacional Electoral.
Artículo 35.-Firma de votos emitidos. Las papeletas serán firmadas al momento de ser entregadas al votante por todos los miembros de la Mesa Electoral Receptora presentes.